martes, 17 de noviembre de 2020

Norma técnica para administradores de copropiedades

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Norma identificada como NTS SI 02, complementa la Ley 675, pero es de aplicación voluntaria.

En este blog hemos insistido en la necesidad de una orientación clara de una actividad de administración en las copropiedades , ya que cada vez es mas evidente que es necesario no solo plantear unas normas claras de observancia en todo y cada uno de los estamentos de las copropiedades , pero sobre todo en el que hacer de los consejos de administración y los administradores mismos, pues aunque desde hace ya vieja data existe la ley ley 675 que aplica en las copropiedades también es cierto que mas una ley marco , muy general y que deja como ruedas sueltas casi todo lo que compete a la administración misma sus deberes , responsabilidades y desde luego no menos importante sus derechos , y que decir de lo propio en los consejos donde en muchos casos se hacen o dejan de hacer cosas que no pueden o no están alienadas con  los interés últimos de la copropiedad.

También desde este blog hemos dicho que es necesaria ala profesionalizacion de la actividad del administrador de copropiedad con una carrera que contemple todos las competencias propias y especificas de una actividad que cada vez es mas demandante y donde es cada vez es mas necesaria la preparación de profesionales con énfasis de forma especifica en el área de copropiedad, es una necesidad esta capacitación tanto para la tener un norte claro desde las contrataciones de la persona en quienes se deposita tan alta responsabilidad pero ademas regular en lo posible las expectativa económicas en base en unas reglas claras y precisas en cuanto responsabilidad y no menos importante en el tema salarial que les sirva tanto a los contratantes del servicio y a los contratados disminuyendo la informalidad en el sector.

Si bien  es claro que la NTS SI 02 es una norma que entre otras no es tan nueva pues data del 2018, no una ley y ademas de observancia no obligatoria , pensamos es un paso adelante en la tan necesaria claridad en todo el que hacer la administracion de las copropiedades, pasando por la no pocas veces difícil aplicación de normas de convivencias , los siempre álgidos temas financieros y de contrataciones , juridicos , operativos ademas de los temas de los Seguros un tema siempre difícil.

En no pocas ocasiones se ha pensado que el administrador no como un actor principal sino como un recurso adicional casi siempre desempeñándose con pocos recursos exiguos dada la característica de financiación de las copropiedades mediante cuotas que ponen  no pocas veces en serias dificultades a quines tienen que velar con seguridad el mas valioso de los activos con que cuentan las familias.

Desde nuestro punto de vista el administrador debería cumplir y ser apoyado en la tarea de mantener hasta donde le sea posible la gestión l valor del patrimonio de la copropiedad,

 Dejamos aquí el Link al contenido de la norma.

https://web.decopropiedad.com/archivos/noticias/487453519_norma tecnica ph uso residencial.pdf

Es interesante la comprension de la norma y sus alcances toda vez que permite laa certificion.

¿En qué consiste la certificacion NTS- S1 O2?

Consiste en realizar una evaluación de otorgamiento en la que se verifica la implementación y el cumplimiento de los requisitos dispuestos en la Norma NTS SI 02. También se verifica y visita las copropiedades administradas por el cliente. Culminada exitosamente la evaluación de otorgamiento por parte del cliente, se hace entrega del certificado ICONTEC/FEDELONJAS. El certificado es otorgado por un periodo de tres años durante los cuales se deben realizar dos auditorías se seguimiento y antes del vencimiento de los tres años la correspondiente evaluación de renovación. En caso de ser necesario también se puede aplicar la figura de restauración.

La certificación de Administración de Inmuebles de uso Residencial en Propiedad Horizontal, Norma NTS SI 02, se crea debido al interés de la Federación Colombiana de Lonjas (FEDELONJAS) por estandarizar el mercado de la propiedad horizontal y lograr una mayor formalidad en el sector inmobiliario, por lo que decide realizar una alianza con ICONTEC y por medio de la firma de un acuerdo desarrollar el servicio. La evaluación del servicio se realiza bajo los lineamientos establecidos en los procedimientos y reglamentos de ICONTEC.

¿A quiénes va dirigido?

Empresas dedicadas a la administración de copropiedades conformadas por inmuebles de uso residencial, independiente de su tamaño.

¿Qué beneficios tiene?
  • Disminuye la informalidad en la prestación del servicio de administración de inmuebles de uso residencial y en el sector inmobiliario.
  • Contribuye a generar confianza ya que tiene como principio fundamental la protección de los usuarios y del consumidor.
  • Mejora delos servicios e impulsa la competitividad de la empresa.





 

 

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