la Propiedad Horizontal es "un sistema de coopropiedad mediante el cual
un grupo de personas o empresas que son propietarias de uno o varios
inmuebles en un edificio o conjunto de edificios son codueños y
corresponsales de zonas comunes y servicios comunes a todos, entendiendo
por edificio cualquier casa, bodega, centro comercial, oficinas o
construcción residencial" .
Llos edificios de uno o varios
pisos, los conjuntos construidos o por construirse que sean susceptibles
de división en partes privadas independientes con áreas comunes, pueden
ser sometidos al regimen de Propiedad Horizontal.
Para ello es necesario tramitar la expedidón de la licencia de construcción o reforma que deberá ir acompañada con los requisitos sobre urbanismo y construcdón exigidos en los diferentes reglamentos municipales. Esto significa que se deberá presentar un proyecto de división del inmueble con las especificaciones respectivas, un plano que muestra la localización, linderos, nomenclatura y área de cada una de las unidades correspondientes.
La oficina de planeación o de obras públicas metropolitanas, distrital o municipal, o el funcionario que haga sus veces será la encargada de expedir la licencia de construcción, la Propiedad Horizontal estará legalmente constituida "cuando se eleve a escritura pública y se inscriba en la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos correspondiente, la licencia de construcción, la reforma de la misma, o su equivalente
Pero, ¿cuáles son las ventajas y cuáles las desventajas de este
régimen? La principal ventaja del régimen de Propiedad
Horizontal es que deja claramente definidas las zonas privadas y las
zonas comunes de un determinado edificio. En segundo lugar, es un
sistema de aceptación En tercer lugar, la Propiedad Horizontal siempre y cuando
los reglamentos sean bien hechos y se ajusten a las necesidades del
edificio, permite que se aclaren las relaciones entre los copropietario
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