lunes, 13 de mayo de 2019

Facturación en copropiedades


En los modelos de facturación para copropiedades se suele implementar la factura por Inmueble o por copropietario, aunque es formalmente aceptado , no es correcto puesto que desde el punto de vista de la ley 675, y para todos efectos el elemento que prima es el coeficiente en base a la cual se gestionan las cuotas de administración y de forma indirecta los presupuestos.

Para estar de conformidad con la ley, no debería englobarse los items correspondientes a un copropietario, como si todos los valores recayeran sobre algunos de los items de su propiedad, es decir si un propietario tiene un local, apartamento, cuarto útil y parqueadero , la usanza a hecho que el pago de todos inmuebles se procesen de forma indistinta al inmueble y/o al copropietario por el total del valor calculado sobre el coeficiente, por lo tanto la factura suele salir “englobada”, aunque las personas suelen aceptar eso, tiene implicación , ya que suele ocurrir en este englobe , que cuando se enajena de algunos de los inmuebles, como no suele estar discriminado, el valor de la factura no suele reflejar este enajenamiento, y por lo tanto el indice no refleja los valores facturados, creando una falta de correspondencia entre los coeficiente y los valores pagados que deberían ser proporcionales al indice de copropiedad y unos incorrectos a los involucrados en la compra y venta del inmueble.


Los valores de pago del impuesto predial si sale discriminados lo cual debería respetarse en los modelos de facturación y utilizar este modelo que haga corresponder los valores a pagar por todos y cada uno de los inmuebles de forma independiente.

No hay comentarios:

Publicar un comentario

No botar el aceite de cocina por el desague

 "Cuidemos nuestras tuberías y el medio ambiente: El aceite de cocina tiene su lugar" ¿Sabías que tirar aceite de cocina usado por...